12 de junio de 2013

Normativa sobre formacion necesaria para uso desfibriladores externos automatizados (DESA)

El pasado año os informamos sobre la nueva normativa de la Junta de Andalucía sobre el uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario (Decreto 22/2012, publicado en el BOJA de 07/03/2012).


También os trasladamos la publicación de la corrección de errores al Decreto 22/2012 (publicada en el BOJA de 09/04/2012), ya que se había omitido el Anexo donde se recogía la señalización básica internacionalmente consensuada sobre la localización de estos equipos DEA (que puedes observar en la imagen adjunta).


En el artículo 7.1 del citado Decreto 22/2012 se establece que cualquier persona podrá hacer uso de un desfibrilador, siempre que tenga conocimientos básicos y mínimos que se puedan constatar en materia de reanimación cardiopulmonar, soporte vital básico y uso del desfibrilador (o bien esté en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía o Grado en Medicina, o de diplomado Universitario de enfermería o Grado de enfermería, o de Formación Profesional de Técnico en emergencias Sanitarias), si bien hasta ahora no se habían establecido reglamentariamente cuales deben ser los contenidos mínimos de esa formación habilitante.

En este sentido, queremos informaros de la publicación en el BOJA de hoy, de la Orden de 04/06/2013 que establece la formación necesaria para el uso de desfibriladores externos automatizados (DESA) fuera del ámbito sanitario, mediante el establecimiento de los contenidos mínimos de los correspondientes cursos de formación.

Puedes descargarte la nueva Orden desde el siguiente enlace.


Más información | Normativa andaluza uso desfibriladores fuera del ámbito sanitario
                                Corrección de errores Decreto 22/2012