Continuando en nuestra línea de informaros sobre las sentencias recaídas en el ámbito contencioso-administrativo, sobre la validez de ciertos cursos a la hora de participar en procesos selectivos, desde la Escuela de Policía Local de los Barrios os traemos dos recientes Autos, que continúan ratificando los criterios que ya os venimos indicando.
Estamos convencidos de que desde todas las Administraciones Territoriales se seguirán estos criterios interpretativos marcados por la Administración de Justicia, a través de reiteradas sentencias firmes.
Estamos convencidos de que desde todas las Administraciones Territoriales se seguirán estos criterios interpretativos marcados por la Administración de Justicia, a través de reiteradas sentencias firmes.
Sentencia 231/14 sobre promoción interna por movilidad en la Policía Local de Sevilla
- Se trata de un Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, que reproduce los criterios de otras sentencias anteriores (384/2013 y 385/2013) de las que ya os informamos en el siguiente artículo de este Blog: Dos sentencias de lo Contencioso Administrativo reconocen los cursos de la Escuela de Policía de los Barrios, pero no los de otra Escuela NO concertada con la ESPA.
- Se recurría la NO VALORACIÓN de los diplomas expedidos por una Escuela de Policía Local andaluza NO CONCERTADA con la ESPA. Según el Ayuntamiento de Sevilla “no se procede a la valoración de los cursos toda vez que son impartidos por un sindicato…”.
- La sentencia avala la postura adoptada por el Ayuntamiento de Sevilla, e indica que "las bases exigen que los cursos impartidos por otras escuelas y por los sindicatos sean impartidos, bien por aquellas escuelas que estén concertadas o bien, en el caso de estos últimos, que estén incluidos dentro del Acuerdo de formación continua. De aceptar el planteamiento del actor, sería obviar toda la normativa existente sobre las escuelas concertadas…”.
- Por último, la sentencia recoge respecto de la valoración de los cursos de nuestra Escuela que “Además no se produce una vulneración del principio de igualdad en cuanto a la valoración de los cursos de la Escuela de Policía Local de Los Barrios puesto que esta escuela se encuentra concertada y, en última instancia, la igualdad es predicable en la legalidad”.
Puedes descargar la Sentencia 231/14 desde el siguiente enlace:
Sentencia 368/14 sobre promoción interna por movilidad en la Policía Local de Tarifa
- En este caso, el Auto corresponde al Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Algeciras, del que ya os adelantamos algunos de sus contenidos en nuestro artículo del Blog ¿Cómo presentar mis cursos superados en una Escuela Concertada al participar en un proceso selectivo?
- La sentencia establece que en el caso de cursos superados en una Escuela de Policía Local Concertada con la ESPA, como la de Los Barrios, poco importa que el curso haya sido homologado o no, ya que debiera ser valorado por el Tribunal en tanto que es impartido y superado en un CENTRO DOCENTE POLICIAL expresamente reconocido por la Junta de Andalucía (la valoración del curso debe producirse como consecuencia de quedar acreditado que el curso es impartido por un centro CONCERTADO con la ESPA).
Más información | ¿Cómo presentar mis cursos superados en una Escuela
Concertada al participar en un proceso selectivo?
Nota informativa sobre el baremo de cursos (mayo 2013)
Sentencia de lo Contencioso Administrativo que inadmite cursos
de una Escuela de Policía NO concertada con la ESPA
Dos sentencias de lo Contencioso Administrativo reconocen
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