9 de diciembre de 2013

Nueva campaña 'navideña' de la DGT contra el consumo del alcohol y drogas al volante

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha hoy lunes una nueva campaña de concienciación contra el consumo de alcohol y drogas, que durará hasta el próximo domingo y en la que se van a realizar más de 20.000 controles diarios.

La intensificación de los controles tiene por objetivo tratar de concienciar a los conductores sobre los riesgos del alcohol o las drogas (una de las principales causa de accidentes mortales en España), en una época del año en la que se incrementan las comidas y cenas con amigos y familiares y en las que el alcohol o las drogas suelen estar presente.

A pesar de que el porcentaje de positivos en controles preventivos de alcoholemia ha descendido del 5 por ciento en 2001 al 1,7 por ciento en 2012, más de 100.000 conductores al año dan positivo en estos controles.

En cuanto a las drogas, en el último estudio realizado en España, el 16 por ciento de los conductores dieron positivo a drogas en los controles aleatorios que se realizaron. Y este porcentaje ascendió al 76 por ciento en el caso de controles que se realizaron de forma selectiva.


DATOS PARA RECORDAR
  • Según la memoria anual del Instituto Nacional de Toxicología, el 47% de los conductores fallecidos y analizados (615) por dicho organismo tenían presencia en sangre de alcohol, drogas o psicofármacos. En el caso de los peatones analizados (164), este porcentaje asciende al 51%.
  • El porcentaje de casos analizados con resultados positivos, a alcohol y/o drogas, de conductores fallecidos ha aumentado en más de 7 puntos entre 2008 y 2012.
  • El alcohol es absorbido rápidamente en sangre y afecta al cuerpo de diferentes maneras tales como reacciones y movimientos más lentos; problemas de coordinación, dificultades de concentración, incremento de la somnolencia…
  • La ingesta de alcohol multiplica hasta 9 veces el riesgo de provocar un accidente.
  • A mayor concentración de alcohol en sangre, el índice de accidentes también se incrementa.
  • Los falsos mitos y creencias sobre los accidentes de tráfico han sido testados dentro de un informe realizado por Línea Directa en colaboración con Fesvial, donde se demuestra que ninguno de dichos trucos (tomar azúcar, almax, hielo, hacer deporte…) sirven para engañar al alcoholímetro y no dar positivo. Lo único que de verdad funciona es no conducir después de haber ingerido alcohol o droga




LO QUE DICE NUESTRA LEGISLACIÓN

El consumo de alcohol y drogas en la conducción está ampliamente regulado en nuestra legislación.
  • En el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
  • También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica y de drogas.
  • Para estas infracciones muy graves,  la Ley prevé la sanción de multa de 500 € 

Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir

CONDUCTORES
 LÍMITE EN SANGRE
 LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
 (1) GENERAL
 0'5 gr./l
 0'25 mg/l
 (2) PROFESIONALES
 0'3 gr./l
 0'15 mg/l
 (3) NOVELES
 0'3 gr./l
 0'15 mg/l

Permiso por Puntos

El sistema de Permiso por Puntos fija la pérdida de puntos en función de:

La tasa de alcohol:
  • Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.
  • Para tasas superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l (los profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15mg/l hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.
Drogas:
  • Los conductores que dan positivo al test de drogas pierden de su permiso de conducción 6 puntos.

En el Código Penal

El capítulo IV tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico, y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.

DELITO
PENAS

ALCOHOL
Tasas superiores a: 
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Negativa a someterse a las pruebas.
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

















DELITO
PENAS

DROGAS
Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Negativa a someterse a las pruebas
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años















      
Fuente | www.interior.gob.es
Más información | Calendario Campañas DGT 2013