26 de diciembre de 2011

Nuevo Título de Viaje a extranjeros


Está dirigida a los extranjeros que se encuentren en España, que acrediten una necesidad excepcional de salir del territorio español y que no puedan ser documentados por las autoridades de ningún país (es decir, que no puedan proveerse de pasaporte propio por encontrarse en alguno de los casos expresados en el artículo 34.2 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social). 

La expedición de este documento a través de las Unidades policiales de extranjería del Cuerpo Nacional de Policía, les permitirá viajar a los países que se especifiquen, así como regresar a España.


Este nuevo Título de Viaje consta de 32 páginas, debidamente numeradas, redactado en castellano, francés e inglés, cuya portada llevará el escudo de España en la parte superior y, en la inferior, las palabras: «título de viaje», en los idiomas antes mencionados y llevará incorporado un chip, que contendrá los datos  biométricos necesarios para una completa identificación del titular.